El trámite obligatorio de la Seguridad Social que tienen que hacer todos los padres con hijos menores de 26 años

Los progenitores deben informar sobre la situación en la que se encuentran sus hijos, en relación con la asistencia sanitaria

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Imagen de archivo de una persona realizando un trámite online en la web de la Seguridad Social h24
Á. G.

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La Seguridad Social en España garantiza el acceso a una serie de derechos y beneficios para todos los ciudadanos. Uno de ellos no es otro que la asistencia sanitaria gratuita, que permite a las personas recibir atención médica sin coste alguno; un sistema que no solo protege a los trabajadores, sino que también extiende su cobertura a sus familias.

Sin embargo, para poder disfrutar de estos beneficios, los ciudadanos tienen la responsabilidad de cumplir con ciertas obligaciones ante la Seguridad Social. Esto incluye la necesidad de informar sobre situaciones relevantes, como es el caso de los padres con hijos menores de 26 años y mayores de 16. Y es que estos jóvenes, al alcanzar una edad en la que pueden trabajar legalmente, tienen derecho a recibir asistencia sanitaria de manera individual, siempre que estén cotizando.

¿Qué pasa si un hijo meno de 26 años ha dejado de trabajar?

Al hilo de lo anterior, muchos padres se han visto con la duda acerca de qué sucede con la cobertura de la sanidad pública cuando sus hijos son menores de 26 años y han dejado de trabajar. Para resolver esta inquietud, a través de la red social 'X', la cuenta de «Atención a la ciudadanía de @inclusiongob«, perteneciente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, ofrece una información a tener en cuenta.

Concretamente, desde el INSS se aclara que, en el intervalo de edad entre los 16 y los 26 años, es posible que los hijos estén bajo la responsabilidad de sus padres o que tengan su propia autonomía, en caso de estar cotizando. Por ello, si un joven que ha estado trabajando y disfrutando de asistencia sanitaria de forma individual deja de estar empleado, es imprescindible que sus padres realicen un trámite para restablecer su alta en el sistema como beneficiarios conjuntos. Este procedimiento obligatorio se puede llevar a cabo mediante dos vías.

Así es el trámite obligatorio de la Seguridad Social que tienen que hacer los padres con hijos menores de 26 años

  • Online: primero, entrar en la Sede Electrónica del INSS; identificarse mediante certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico; y, una vez dentro, seleccionar la opción 'Volver a incluir un beneficiario anterior'.

  • Presencial: solicitar una cita previa en las oficinas del Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) de la provincia en la que la familia esté empadronada y, una vez allí, comunicar la nueva situación del hijo.

De esta forma, los menores de 26 años en ningún caso quedarían desprotegidos de la asistencia sanitaria. Así lo estipula la Ley General de la Seguridad Social, que especifica que cualquier descendiente de un padre o madre con nacionalidad o residencia en España tiene derecho a esa cobertura médica pública. Eso sí, siempre y cuando no esté trabajando y sea menor de 26 años; en tal caso, la asistencia sanitaria la disfrutaría de forma individual.

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