SOCIEDAD

¿El descanso para comer en el trabajo se paga? La respuesta de esta abogada te sorprenderá

Se trata de una duda muy frecuente por parte de los trabajadores que ahora ha resuelto una abogada de Huelva a través de un vídeo compartido en TikTok

Un pescador va a la playa de Mazagón y no da crédito a lo que encontró: «Llama a la Guardia Civil»

Un joven de Huelva va a Japón y alucina al ver cómo son las gasolineras: «Están en el 2050»

Imagen de una mujer comiendo durante el trabajo h24

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El desayuno es la comida más importante del día. Se trata de una ingesta fundamental que permite que nuestro cuerpo pueda obtener la energía suficiente para afrontar la mañana y hacer frente a una dura jornada laboral. Es el motivo por el que muchas empresas conceden a los trabajadores la posibilidad de poder parar su trabajo durante un momento para poder desayunar.

Lo que mucha gente desconoce es si esta pequeña parada para comer está retribuida o no. Es justamente la duda que ha resuelto una abogada del Gabinete Robles. Esta letrada onubense tiene un canal en TikTok (@gabinete.robles) en el que resuelve varias dudas sobre aspectos legales, como es el caso de la retribución o no de lo que se suele conocer como 'hora del bocadillo'.

¿Se paga la hora de comer?

Según explica esta letrada onubense en el vídeo, la hora del desayuno sólo se paga si el trabajador está realizando una jornada continuada de más de seis horas. En ese caso, el parón para desayunar formaría parte de la jornada laboral y, por tanto, sería retribuido.

@gabinete.robles 🥪💸 ¿La hora del bocadillo se paga? 🤔 ¡Descubre si lo que crees es cierto o no! 🚨 Spoiler: ¡Puede que te sorprendas! 👀 Dale al play y aclara tus dudas. 🎥✅ #HoraDelBocadillo #DerechosLaborales #NoTeLoPierdas#parati #gabineterobles #huelva #trabajoduro#pymes ♬ sonido original - Gabinete Robles

El artículo 34.4 del Real Decreto Ley 2/2015 establece lo siguiente: Siempre que la duración de la jornada continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo. La duración del descanso, en este caso, la establece la empresa siempre que no sea inferior a los 15 minutos.

¿Se paga la comida en jornadas partidas?

Los trabajadores que tienen jornadas partidas de menos de seis horas, sin embargo, no tienen derecho al desayuno retribuido, como explica la abogada en el vídeo: «Cuidado con discutirle a la empresa la hora de la comida porque esa sí que no es pagada».

La ley determina que los trabajadores que tengan este régimen de contrato no pueden recibir retribución durante su descanso, ya que al tener la jornada partida, se considera que disponen de tiempo suficiente para comer y descansar fuera de su horario laboral. Esta pausa, por tanto, no es retribuida, ya que forma parte de su descanso.

Se trata de una duda muy frecuente que tienen muchos trabajadores y que, ahora, ha podido resolver esta abogada de Huelva. En cualquier caso, lo más recomendable siempre es solicitar asesoramiento profesional para resolver este tipo de cuestiones.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación