LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Decretan la apertura de la pesca de la chirla y la imposibilidad de alternar la captura con la coquina en el mismo día

En la zona de producción AND 107, correspondiente a Doñana Norte y al Golfo de Cádiz

La Junta ha modificado algunas medidas técnicas

El sector de la chirla de Huelva vuelve a faenar después de cinco meses de parada y con «un precio decente»

Prohibida la pesca de la chirla en Isla Canela y en la zona de Doñana Norte

Ya pueden volver a pescarse chirlas europa press

Agencias

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo rural ha decretado este miércoles la apertura de la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en la zona de producción AND 107, Doñana Norte, del Golfo de Cádiz y se modifican algunas medidas técnicas establecidas en las resoluciones que se citan, que entraron en vigor el pasado 28 de agosto.

Con una resolución de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de 25 de agosto, que ha publicado este miércoles el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y consultado por Europa Press, se ha procedido a la apertura de esta zona de producción con fecha desde el 1 de septiembre, ya que «el fin de la veda establecida en la Zona C de la Reserva de Pesca de la Desembocadura del Río Guadalquivir estaba prevista para el final del mes de agosto, coincidente con la Zona de producción AND-107, Doñana Norte».

No obstante, la resolución establece la modificación de otras medidas técnicas «una vez analizada la información y los valores de rendimiento medio de captura, así como la situación actual del caladero, obtenidos en el seguimiento científico de la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz y oído el sector pesquero.

En este sentido, la Consejería ha resuelto modificar la Resolución de 13 de julio de 2023, incluyendo un nuevo párrafo, estableciendo una tara máxima de captura por semana para los rastros remolcados y modificando dicha tara para las dragas hidráulicas, quedando redactado de la siguiente forma.

Al respecto, con fecha 17 de julio de 2023, se inició la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, mediante la publicación de la Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueba el Plan de Pesca de la pesquería de chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz para la campaña 2023-2024, y se prorroga el Plan de Gestión para la captura de la especie denominada chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado, aprobado mediante Orden de 6 de abril de 2020.

Tope de captura semanal

Por tanto, la modificación consiste en que, el apartado 2 del artículo 3 de la Orden de 6 de abril de 2020 se adapta el punto de referencia biológico, estableciéndose una captura total no superior a 2.000 toneladas, para la campaña de pesca 2023-2024, con el objeto de «mantener durante el mayor tiempo posible la actividad pesquera, sin superar el punto de referencia biológico», por lo que «se establece un tope de captura semanal de 800 kilos de chirla para las dragas mecanizadas y de 600 kilos para los rastros remolcados».

Asimismo, la consejería en esta resolución indica que las descargas de chirla registradas en lonja con fecha 22 de agosto de 2023 son de 429.501 kilogramos, «casi la cuarta parte de la captura total anual establecida para la campaña 2023-2024 (2.000 tn), sin sobrepasar el nivel de Rendimiento Máximo Sostenible de la pesquería».

Según el seguimiento científico realizado en continuo, mediante embarques comerciales, por el Instituto Español de Oceanografía (IEO) durante la primera quincena de agosto, se detectaron valores de rendimiento medio de captura por encima del rendimiento medio de captura establecido de 0,8 kg/minuto en todas las zonas de producción.

Por otro lado, la resolución resuelve también modificar la resolución de 13 de julio de 2023, estableciendo la imposibilidad de alternar la captura de chirla y coquina en el mismo día para las embarcaciones de rastro remolcado, y modificando el esfuerzo pesquero máximo permitido por jornada de pesca.

Tiempo máximo de actividad

En este sentido, la Consejería detalla que, de acuerdo con lo previsto en el apartado 3 del artículo 6 de la referida orden, el tiempo de actividad de las embarcaciones autorizadas para ejercer el marisqueo con draga hidráulica «no podrá ser superior a las cuatro horas desde la entrada en vigor de la presente resolución», toda vez que señala que el tiempo de actividad de las embarcaciones autorizadas para ejercer el marisqueo con rastro remolcado, dedicadas a la captura de chirla, «se computará como el tiempo durante el que la embarcación navega a una velocidad entre 0,5 y dos nudos, no pudiendo superar en ningún caso las cuatro horas diarias, en dicho rango de velocidades».

Asimismo, añade que «el presente apartado se aplicará en las jornadas de pesca, donde la composición de capturas corresponda al 100% a la especie chirla».

Por otro lado, la orden establece que las embarcaciones de rastro remolcado «tan solo podrán dedicar su actividad semanal (contabilizadas de lunes a domingo) a una sola de las dos especies objetivo, o bien chirla o bien coquina», rigiéndose por tanto su actividad conforme a lo establecido en la regulación de cada una de las pesquerías (Orden de 6 de abril de 2020, por la que se establece un Plan de Gestión para la captura de la especie denominada chirla en el Golfo de Cádiz, y Orden de 20 de julio de 2023, por la que se establece un Plan de Gestión para la especie coquina en el Golfo de Cádiz).

Asimismo, la Consejería apostilla que dicho tiempo, atendiendo a los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento científico de la pesquería, «podrá ser adaptado por la Dirección General competente en materia de marisqueo, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Por otra parte, la Junta, además, resuelve que dicha resolución deja «sin efecto» las modificaciones de las medidas técnicas, relativas al esfuerzo pesquero y las taras de captura semanales, realizadas en la Resolución de 31 de julio de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se procede a la apertura de la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en la zona de producción AND 102, Barra del Terrón del Golfo de Cádiz, y se modifican algunas medidas técnicas establecidas en la Resolución de 13 de julio de 2023, para garantizar la explotación sostenible del recurso.

Modificar el resuelvo segundo de la Resolución de 13 de julio de 2023, incluyendo un nuevo párrafo, estableciendo una tara máxima de captura por semana para los rastros remolcados y modificando dicha tara para las dragas hidráulicas, quedando redactado de la siguiente forma: El artículo 6 de la Orden de 6 de abril de 2020 establece que la Dirección General competente en materia de marisqueo determinará las horas diarias de actividad, atendiendo a los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento científico de la pesquería, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El artículo 11 de la Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regula el marisqueo desde embarcación con rastros remolcados en el caladero nacional del Golfo de Cádiz, establece que el titular de la Dirección General competente en materia de pesca y marisqueo podrá modificar la tara establecida para la coquina, o establecer taras para otras especies capturadas por la flota de rastro remolcado, en función de los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento de la pesquería.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación