ley de segunda oportunidad

La justicia libera a un onubense del pago de 40 créditos por importe de más de 100.000 euros

Una situación sobrevenida le hizo entrar en una espiral de créditos y microcréditos que acabaron siendo inasumibles

El juzgado lo considera un «deudor de buena fe» y le concede la exoneración definitiva de la deuda

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Sede del juzgado que ha liberado de la deuda a este vecino de Huelva google

M. Carmona

El Juzgado de Primera Instancia 3 de Huelva ha exonerado a un onubense del pago de una deuda de 112.000 que contrajo al solicitar más de 40 créditos para hacer frente a una situación personal complicada, tras ser diagnosticado con una enfermedad grave y ampliar además la familia.

Según han expuesto desde su representación legal, ejercida por la abogada Guadalupe Pérez de Vargas Giner, socia de Necker Abogados, J.H.G., vecino de Huelva de 45 años y trabajador de una de las empresas ubicadas en el Polo Químico, «se vio desbordado tras verse inmerso en una espiral de créditos, microcréditos y tarjetas imposibles de atender«.

Este onubense no tuvo problemas para obtener una hipoteca para su vivienda y un préstamo para financiar su vehículo al contar con un empleo estable y bien pagado, pero «poco tiempo después, sus circunstancias cambiaron tras ser diagnosticado de una enfermedad grave, hecho que coincidió con la llegada de su primer hijo, lo que supuso un crecimiento exponencial de sus necesidades económicas».

En esta complicada coyuntura, «para atender los gastos extraordinarios que se le fueron generando contrajo nuevos créditos, la mayoría microcréditos con intereses altos, que terminaron por generarle cuotas mensuales inasumibles con su sueldo. Como no conseguía atender el pago de las obligaciones contraídas en el mes, acudía nuevamente a microcréditos para 'tapar ese parche' y conseguir abonar todas las letras, llegando a contraer más de 40 créditos además de su hipoteca«.

Esta situación le generó un estado de insolvencia económica que finalmente abocó en impagos de los préstamos, tras el que llegó una situación de «acoso telefónico« que incluso provocó consecuencias en la salud de este hombre, que ha llegado a afirmar que «estaba sufriendo un calvario al que no veía salida, que estuvo a punto de costarme un disgusto, si no llego a tener esta opción no sé qué hubiera sido de mí».

Ley de la Segunda Oportunidad

La opción a la que se refiere es la Ley de Segunda Oportunidad, que posibilita la cancelación y exoneración de las deudas para que «deudores de buena fe, arruinados por circunstancias externas o por un sobreendeudamiento imprudente, pudieran liberarse de sus deudas y así reincorporarse de nuevo a la vida económica«.

En este caso, la ley -tal y como recoge la sentencia del juzgado onubense- entiende que siempre que el deudor sea «de buena fe», lo que implica «no haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores», puede acogerse a este derecho.

En este caso, analizada la situación y seguidos todos los pasos que ordena la legislación, se concede «el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho con carácter definitivo y revocable y además la exoneración del pasivo insatisfecho alcanzará a todas las deudas, ya que no existen créditos públicos, ni por alimentos«.

Según han explicado desde el bufete Necker Abogados, si bien entre 2015 y 2020 «el número de procedimientos de Segunda Oportunidad en España ha sido escaso en comparación con el de otros países europeos, en los últimos años se ha producido un repunte de procedimientos, sobre todo durante este año 2023«.

«Muchas personas no entienden que puedan exonerarse las deudas contraídas, pero la Segunda Oportunidad no es un premio al que defrauda, sino un derecho del deudor de buena fe para que pueda resurgir a la vida económica y comenzar de nuevo», han concluido desde Necker Abogados, pioneros en el impulso de estos expedientes.

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