Huelva recupera la tasa por licencias de apertura y primera actividad: cuánto hay que pagar, bonificaciones y exenciones
El informe municipal estima que las arcas del Ayuntamiento ingresarán alrededor de 377.000 euros anuales por este concepto
La ordenanza fiscal que regula esta tasa se encuentra en exposición pública y abierta a reclamaciones hasta el próximo 26 de febrero
El Ayuntamiento de Huelva volverá a cobrar la tasa por licencias de apertura y primera actividad
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El Ayuntamiento de Huelva recuperará próximamente la tasa por licencias de apertura y primera actividad, que fue derogada en 2020 a causa de la pandemia del Covid y que no se había recuperado desde entonces.
El anuncio lo realizó hace unas semanas el teniente de alcalde de Economía y Hacienda, Francisco Muñoz, que alegaba que con la recuperación de esta tasa «lo que hacemos es cumplir con la ley, con las recomendaciones y con la obligación legal que tenemos, porque un ayuntamiento no se puede quedar sin cobrar un tasa».
Así, tras su aprobación en pleno, la ordenanza fiscal «reguladora de la tasa por licencia de actividades para apertura de establecimientos, informes de calificación ambiental y de actuaciones derivadas de procedimientos de declaración responsable y de comunicación previa por inicio de actividad» se encuentra sometida a exposición pública y abierta a reclamaciones hasta el próximo 26 de febrero.
Esta tasa, según refleja la ordenanza municipal, busca compensar de algún modo los gastos que supone para la Administración pública la tramitación de licencias y la verificación del cumplimiento de los requisitos que establece la ley en los distintos supuestos, en lo relativo a «las condiciones de tranquilidad, sanidad y salubridad, medioambiental y cualesquiera otras exigidas por la normativa reguladora de aplicación».
Actividades afectadas por esta tasa
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La instalación y apertura de un establecimiento para dar comienzo a sus actividades.
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La variación o ampliación de la actividad desarrollada en un establecimiento.
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La ampliación de un establecimiento y cualquiera alteración que se lleve a cabo en éste exigiendo nueva verificación de las mismas.
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Los cambios de titularidad de las actividades y establecimientos que conlleven alteraciones en las condiciones objetivas del local o de la actividad que se ejerza.
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La reapertura de actividades de temporada o de actividades no permanentes por reinicio de la misma actividad, así como la nueva puesta en marcha de una actividad tras su cierre por un período superior a un año.
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Declaraciones responsables de inicio de actividad.
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Solicitudes de calificación ambiental y demás actividades sometidas a prevención ambiental.
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Autorizaciones administrativas referidas a la celebración de fiestas, conciertos, actuaciones y otros espectáculos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.
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Cualesquiera otras incluidas en la Ordenanza Municipal de Actividades del Ayuntamiento de Huelva.
Importes y bonificaciones
En la memoria económica justificativa de esta tasa, el Ayuntamiento de Huelva estima que la misma supondrá un ingreso para las arcas municipales de alrededor de 377.000 euros anuales, destacando además que los precios han sido consensuados con la Federación Onubense de Empresarios.
Así, la ordenanza fija hasta tres tarifas: general, reducida y especial.
La primera establece una cuota de 500 euros para establecimientos de hasta 300 metros cuadrados útiles; de 1.000 euros para los de entre 301 m2 y 500 m2 útiles; y de 3.000 euros hasta los 1.000 m2 útiles. Además, los establecimientos se más de 1.000 m² devengarán una cuota de 1,50 euros más por cada m2 o fracción que exceda respecto a la tarifa anterior.
En el caso de la tarifa reducida estas cantidades bajan hasta los 50 euros -locales de hasta 50 m2 útiles - , 100 euros -de 51 m2 a 100 m2 útiles -; y 200 euros - de 101 m2 a 200 m2 útiles; pagando una cuota de un euro más por cada m2 o fracción que exceda respecto a la tarifa anterior.
Por su parte, según establece la nueva ordenanza del Ayuntamiento de Huelva, la tarifa especial será aplicable a «aquellos procedimientos en los que resulte necesaria la realización del trámite de Calificación Ambiental, por tratarse categorías de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental conforme a la legislación vigente». En estos supuestos «deberá abonarse el 200% de la cuota señalada en las tarifas general o reducida que les corresponda».
En el caso de las autorizaciones administrativas referidas a la celebración de fiestas, conciertos, actuaciones y otros espectáculos el pago se realizará en función del aforo del establecimiento:
- Hasta 100 personas: 100 euros.
- Hasta 300 personas: 300 euros.
- Hasta 500 personas: 500 euros.
- Hasta 1.000 personas: 1.000 euros.
- De más de 1.000 personas: 3.000 euros.
La ordenanza contempla bonificaciones en el caso de que los establecimientos sujetos al pago de esta tasa generen empleo de carácter indefinido y «los mismos se mantengan contratados durante los dos años siguientes al inicio de la actividad», con distintas cuantías en función del número de empleados; o en el de entidades sin fines lucrativos y entidades sociales, culturales y deportivas no profesionales.
Recuperación de la tasa
El Ayuntamiento de Huelva derogó la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por licencias, informes de calificación ambiental y declaraciones responsables para apertura de establecimientos e inicio de actividad en 2020 con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 para tratar de minimizar los efectos económicos que sobre el tejido empresarial onubense estaba ocasionando el estado de alarma declarado y favorecer la reactivación de la economía una vez se fueron relajando las restricciones.
![El concejal de Economía y Hacienda, Francisco Muñoz](https://s3.abcstatics.com/huelva24/www/multimedia/huelva/2024/01/25/tasalicenciaapertura-U70627281154Big-760x427@huelva24.jpg)
Su recuperación persigue ahora recobrar la normalidad en el pago de tributos a las arcas municipales y «asegurar el correcto funcionamiento de este Ayuntamiento al dotarlo, a través de la necesaria contraprestación económica que recibirá por la prestación de los servicios o realización de las actividades que constituyen el hecho imponible de esta tasa, de los recursos adecuados tanto para el normal funcionamiento de los servicios de competencia municipal, como para el cumplimiento del resto de obligaciones que le son propias».
Así lo recoge la justificación de la nueva ordenanza del Ayuntamiento de Huelva, informada favorablemente por los distintos departamentos municipales.