Qué dice la normativa sobre tirar petardos en Navidad en Huelva y en qué casos puede haber una multa
El Ayuntamiento ha limitado su uso en la capital a los días 24, 25 y 31 de diciembre y al 1 de enero
Sólo se podrán lanzar en el tramo comprendido entre las 22.00 y las 2.00 horas
La alcaldesa advierte de que la policía «extremará la vigilancia» para que se cumpla el bando 'antipetardos'
El Ayuntamiento de Huelva limita el uso de petardos y cohetes a cuatro horas en Nochebuena y Nochevieja
El Ayuntamiento de Huelva ha publicado un Bando municipal en el que informa sobre la limitación del uso de petardos en la capital durante estas fiestas navideñas y ha apelado a la sensibilidad de los ciudadanos solicitando la máxima colaboración para evitar riesgos y perturbaciones, demás de favorecer la convivencia.
Así, ha decidido que sólo se podrán lanzar petardos y en general elementos pirotécnicos de pequeño tamaño en el tramo comprendido entre las 22.00 y las 02.00 de los días 24 al 25 de diciembre y durante el mismo horario del 31 de diciembre al 1 de enero de 2024. Es decir, durante la Nochebuena y la Nochevieja.
«Dado que el ruido de los petardos, cohetes, tracas y artificios pirotécnicos similares, puede afectar a personas mayores, personas con trastorno del desarrollo cognitivo o sensibilidad acústica y producir molestias y perturbaciones psicofísicas a los vecinos y animales del entorno urbano, ya que suponen para ellos un estímulo negativo, no previsible, por lo que se insta a evitar su uso», explica en el Bando Pilar Miranda, la alcaldesa de Huelva.
El uso de pirotecnia está sujeto al Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Durante la franja habilitada, el uso de pirotecnia se tendrá que llevar a cabo en zonas alejadas de centros sanitarios, residencias de tercera edad, gasolineras o cualquier depósito de combustible o gas, centros policiales o de emergencia, y de animales.
La primera edil de la capital onubense también avisaba de que los agentes de la Autoridad «extremarán la vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en este Bando», que «se hace público para general conocimiento y cumplimiento». Por lo tanto, el que lo incumpla estará expuesto a ser multado con cantidades de diversa magnitud (entre 100 y 90.000 euros) en función de la gravedad de la infracción que se cometa.
Normativa variable
La normativa al respecto es bastante variable y en general depende de cada ayuntamiento. Se puede denunciar a alguien por el uso indebido de la pirotecnia pero no resulta algo fácil porque en muchas ocasiones ni se sabe quien ha tirado el petardo y en otras es difícil también que cuando llegue la Policía al lugar de los hechos esté todavía allí el o los culpables de haberlos lanzado.
En el Artículo 25.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local se señala que «el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las materias de medio ambiente urbano, en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas».
Afortunadamente cada vez hay más ayuntamientos que eligen regular la pirotecnia y uno de ellos ha sido el de Huelva capital, sumándose también otras muchas localidades de la provincia onubense cuyos consistorios han emitido también bandos municipales en los últimos días, como por ejemplo Aljaraque, Punta Umbría o San Juan del Puerto, entre otros.