Las cinco claves de la nueva ordenanza de veladores de Huelva que se aprobará este viernes

La nueva normativa busca zanjar décadas de conflicto entre vecinos y hosteleros con restricciones horarias, prohibición de música y sanciones de hasta 15.000 euros para los infractores

El pleno de este viernes dará luz verde definitiva a la nueva ordenanza de veladores

La nueva ordenanza de veladores de Huelva endurece las sanciones

Mesas instaladas en la vía pública en el centro de Huelva ayto.huelva
H. Corpa

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El Ayuntamiento de Huelva aprobará definitivamente este viernes la Ordenanza Municipal Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y otros Elementos Anexos, una normativa que busca resolver décadas de vacío legal y conflictos entre hosteleros y vecinos. Este nuevo marco regulatorio, que entrará en vigor en mayo de 2025 tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, introduce cambios sustanciales en la gestión de terrazas, horarios, control acústico y participación ciudadana. La ordenanza ha generado un intenso debate, especialmente por las críticas de la plataforma 'Huelva contra el ruido', cuyas demandas han sido calificadas por el concejal delegado Felipe Arias como «la guerra de una vecina contra la hostelería». A continuación, detallamos los cinco apartados más destacados de la nueva normativa.

Licencias: un procedimiento más claro y detallado

El procedimiento para instalar terrazas y veladores en Huelva comienza con la solicitud de una licencia municipal. Esta debe presentarse por la persona que explota la actividad hostelera o su representante legal, teniendo la licencia carácter personal e intransferible.

Para iniciar el trámite, los solicitantes deben estar al corriente de sus obligaciones de pago con el Ayuntamiento y la Seguridad Social. En la solicitud debe especificarse la actividad del establecimiento, la ubicación, superficie a ocupar, tipo de mobiliario y elementos auxiliares que se pretenden instalar.

La documentación requerida incluye planos a escala firmados por técnico competente, fotografías del mobiliario a instalar y, en algunos casos, anexos técnicos que describan características de elementos como toldos, calefactores o vaporizadores. En cuanto a la transmisibilidad, las licencias solo pueden transferirse en caso de cambio de titularidad del establecimiento hostelero, siempre que se transfiera también la licencia de actividad correspondiente. Esta transmisión debe solicitarse formalmente al Ayuntamiento mediante declaración responsable.

Cualquier modificación en la terraza, ya sea ampliación, reducción o cambio de distribución, requiere autorización municipal previa, siguiendo el mismo procedimiento que la solicitud inicial.

Terrazas en la plaza de las Monjas h24

Una vez presentada la solicitud, el servicio municipal competente recabará los informes necesarios para resolver sobre la concesión o denegación de la licencia. Si la resolución es favorable, esta habilitará al titular para ocupar el dominio público bajo las condiciones establecidas.

Las licencias se otorgan con carácter anual, coincidiendo con el año natural, y se renuevan automáticamente si no hay modificaciones en las condiciones originales y el interesado no comunica su voluntad de no renovar con tres meses de antelación. Esta renovación automática no se producirá si durante la vigencia de la licencia ha recaído resolución sancionadora firme por infracciones graves o muy graves.

Respecto al silencio administrativo, si transcurren tres meses desde la solicitud sin resolución expresa, esta se entenderá desestimada. El Ayuntamiento se reserva el derecho de revocar, suspender o modificar las licencias por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización. También puede suspenderse el derecho por incumplimiento del pago de la tasa correspondiente.

Horarios: intereses en equilibrio

La nueva ordenanza establece horarios diferenciados según la temporada y la ubicación de los veladores. Durante los meses de verano (junio a septiembre), el cierre máximo se fija a las 1:00 horas para terrazas ubicadas en zonas residenciales. Para el resto del año, el cierre se adelanta a las 24:00 horas, excepto en áreas declaradas «de uso diferente al residencial» (como zonas turísticas o recreativas), donde se amplía hasta las 2:00.

En períodos festivos, la normativa es más flexible. Durante Navidad, Semana Santa, Fiestas Colombinas y otros festivos locales, se permite una hora adicional de apertura, aunque en ningún caso se podrá superar las 2:00 de la madrugada. Esta gradación de horarios ha sido objeto de críticas por parte de organizaciones vecinales, que consideran que la flexibilidad en zonas no residenciales perpetúa la saturación acústica en áreas mixtas donde conviven viviendas y locales de ocio.

Un aspecto innovador de la ordenanza es la introducción de planes de acción específicos para áreas declaradas 'acústicamente saturadas', donde los horarios podrán ajustarse tras la realización de estudios técnicos. Sin embargo, esta medida ha sido calificada de «ambigua» por la plataforma «Huelva contra el ruido», que exige prohibiciones directas en lugar de planes posteriores cuya implementación podría dilatarse en el tiempo.

Espacio: el uso de la vía pública

La ordenanza establece criterios estrictos sobre el diseño, ubicación y dimensiones de las terrazas. En cuanto a los criterios estéticos, se detallan requisitos de calidad para el mobiliario, especialmente en zonas emblemáticas como el centro histórico, la calle Pablo Rada y el entorno portuario, donde se exigen materiales «armónicos con el entorno». Además, se prohíbe expresamente almacenar el mobiliario en la vía pública fuera del horario de uso, obligando a los establecimientos a su retirada diaria.

Terrazas en la avenida Pablo Rada h24

Respecto a los límites de ocupación del espacio público, la normativa establece una anchura libre mínima de 1,80 metros en aceras para garantizar la accesibilidad peatonal. También fija una distancia de seguridad de 40 centímetros entre el bordillo y las terrazas, con un corredor de 3,50 metros para el paso de vehículos de emergencia. La superficie máxima permitida por establecimiento se fija en 100 m², aunque podría ampliarse en «espacios singulares» mediante autorización municipal previa.

Estas normas responden a años de quejas ciudadanas por obstrucciones en accesos a viviendas y comercios, aunque las asociaciones vecinales reclaman mayores recursos para la inspección que garantice su cumplimiento efectivo.

Ruido: medidas estrictas para la convivencia

El control acústico es uno de los aspectos más destacados de la nueva ordenanza. Se establece una prohibición absoluta de equipos de sonido y actuaciones en directo en terrazas, tanto en vía pública como en espacios privados al aire libre. Los establecimientos que cuenten con licencia musical deberán mantener sus sistemas apagados mientras operen las terrazas, bajo pena de multas de hasta 6.000 euros y retirada de licencia en casos reiterados.

La normativa también contempla aspectos técnicos para minimizar el impacto acústico, como la exigencia de que las patas de mesas y sillas lleven tapas de caucho o similar para reducir el ruido por arrastre. Esta medida, aunque respaldada por estudios acústicos, ha sido cuestionada por colectivos vecinales, que señalan que no aborda el principal problema: el ruido generado por las conversaciones de los clientes.

Mesas con clientes en la plaza Doce de Octubre h24

Para las zonas declaradas 'acústicamente saturadas', la ordenanza introduce mecanismos de planes de acción específicos, cuyos detalles se definirán tras estudios técnicos. Esta aproximación gradual ha generado desconfianza entre los vecinos afectados, que exigen medidas inmediatas y concretas en lugar de estudios que podrían prolongarse en el tiempo.

Sanciones: un régimen más estricto

El régimen sancionador representa otro de los pilares fundamentales de la nueva ordenanza, estableciendo una gradación clara de infracciones y sus correspondientes sanciones. Las infracciones leves, como el incumplimiento puntual de horarios o las obstrucciones menores, podrán ser sancionadas con multas que van de 600 hasta 3.000 euros. Las infracciones graves, que incluyen el uso de equipos de sonido o la superación de aforos permitidos, conllevarán multas de entre 3.000 y 6.000 euros. Por último, las infracciones muy graves, como la reincidencia en faltas graves o la ocupación ilegal del espacio público, podrán ser sancionadas con multas de entre 6.000 y 15.000 euros.

Una de las novedades más significativas es la introducción de la retirada de licencia tras tres infracciones graves en un año, un mecanismo que el propio sector hostelero ha aceptado como «mal menor» para regular a los actores irresponsables que perjudican la imagen del conjunto. Esta medida busca dotar de herramientas efectivas al Ayuntamiento para hacer cumplir la normativa.

La nueva ordenanza también contempla la regularización de más de 150 licencias que se encontraban en trámite desde 2018, poniendo fin a años de vacío legal que permitían a algunos establecimientos operar sin permisos actualizados. Este proceso de regularización aportará seguridad jurídica tanto a los hosteleros como a los vecinos.

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