PARA CUMPLIR CON LAS NORMAS DE LA DESESCALADA
Los hosteleros ya pueden solicitar la ampliación temporal de sus terrazas
12.23 h. Será necesario aportar una autorización expresa de los colindantes cuando la ampliación de la superficie del velador o terraza se haga más allá de la extensión de la fachada del local y suponga la utilización de vía pública en paralelo con la fachada o servidumbre de otros inmuebles.
El Ayuntamiento de Huelva ha puesto a disposición de los titulares de establecimientos de hostelería que venían explotando terrazas vinculadas a sus locales con anterioridad a la declaración estado de alarma un procedimiento de Declaración responsable para aquellos que requieran o necesitan instalar un número de veladores superior al 50% del inicial con la intención de respetar los requerimientos sanitarios de distanciamiento social.
El Ayuntamiento de Huelva ha puesto a disposición de los titulares de establecimientos de hostelería que venían explotando terrazas vinculadas a sus locales con anterioridad a la declaración estado de alarma un procedimiento de Declaración responsable para aquellos que requieran o necesitan instalar un número de veladores superior al 50% del inicial con la intención de respetar los requerimientos sanitarios de distanciamiento social. Según explican en la web del consistorio –puedes consultar el documento íntegro aquí-, el titular del establecimiento deberá presentar la declaración responsable y la documentación correspondiente adjuntando los archivos a un e-mail que debe enviarse a veladores@huelva.es. Posteriormente, recibirá un correo electrónico de acuse de recibo, que será lo que le acreditará junto con una copia de su declaración responsable y el resto de documentación. Este procedimiento sólo acredita a los titulares de establecimientos de hostelería para la ampliación de sus terrazas en porcentaje superior al 50%. Dicha ampliación se podrá llevar a cabo siempre que el titular justifique la separación con la medida de distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. Asimismo, deberán seguirse todas las normas en materia sanitaria que el Ministerio de Sanidad haya dictado para la reapertura de terrazas y veladores. ¿Cuándo es necesario aportar autorización de colindantes?Será necesario aportar una autorización expresa de los colindantes cuando la ampliación de la superficie del velador o terraza se haga más allá de la extensión de la fachada del local de hostelería y linde o suponga la utilización de vía pública en paralelo con la fachada o servidumbre de otros inmuebles. Cualquier duda puede resolverse enviando un email a veladores@huelva.es o llamando al teléfono 959 21 01 90 de 10.00 a 13.30horas.
Este procedimiento sólo acredita a los titulares de establecimientos de hostelería para la ampliación de sus terrazas en porcentaje superior al 50%. Dicha ampliación se podrá llevar a cabo siempre que el titular justifique la separación con la medida de distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. Asimismo, deberán seguirse todas las normas en materia sanitaria que el Ministerio de Sanidad haya dictado para la reapertura de terrazas y veladores.
Será necesario aportar una autorización expresa de los colindantes cuando la ampliación de la superficie del velador o terraza se haga más allá de la extensión de la fachada del local de hostelería y linde o suponga la utilización de vía pública en paralelo con la fachada o servidumbre de otros inmuebles.
¿Cuándo es necesario aportar autorización de colindantes?Será necesario aportar una autorización expresa de los colindantes cuando la ampliación de la superficie del velador o terraza se haga más allá de la extensión de la fachada del local de hostelería y linde o suponga la utilización de vía pública en paralelo con la fachada o servidumbre de otros inmuebles. Cualquier duda puede resolverse enviando un email a veladores@huelva.es o llamando al teléfono 959 21 01 90 de 10.00 a 13.30horas.