El SEPE informa: estas son las ayudas que pueden pedir las mujeres embarazadas que no tengan trabajo en 2024
No hay prestaciones dirigidas a ellas exclusivamente, pero sí se ofertan algunas que pueden resultarles de especial interés
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Una persona que se encuentre en situación de desempleo puede llegar a sufrir serias dificultades económicas y sociales, por lo que se hace crucial el acceso a ayudas que le permitan cubrir sus necesidades básicas mientras buscan un nuevo trabajo. En España, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de gestionar este tipo de ayudas, ofreciendo prestaciones por desempleo, subsidios, y programas de formación y orientación laboral que facilitan la reinserción en el mercado laboral.
Eso sí, el tipo de ayuda (cuantía, duración, requisitos, etc) siempre dependerá del perfil del solicitante. En este sentido, en el caso de las mujeres embarazadas en situación de desempleo no hay ninguna ayuda del SEPE dirigida exclusivamente a ellas. Sin embargo, este colectivo sí puede beneficiarse de otras disponibles.
Prestación económica por parto o adopción múltiples
Esta es una de las ayudas del SEPE más interesantes para mujeres embarazadas que están sin trabajo. Según se detalla en el apartado correspondiente de la web del organismo, esta prestación de pago único «tiene por objeto compensar, en parte, el aumento de gastos que produce en las familias el nacimiento o la adopción de dos o más hijos por parto o adopción múltiples». Además, basta con cumplir dos requisitos: residir legalmente en territorio español (incluidas trabajadoras trasladadas por su empresa fuera del territorio español, que se encuentren en situación asimilada a la de alta y coticen en el correspondiente régimen de Seguridad Social español) y no tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social. Por otra parte, en lo que respecta a las cuantías, que ya se ha mencionado que es de pago único, las posibilidades son las siguientes:

Si hay parto, como es el caso para las mujeres embarazadas, la Seguridad Social entiende como nacidos a aquellos hijos que «reúnan las condiciones que expresa el artículo 30 del Código Civil, relativa a que »la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno«. Además su alguno de los hijos naciera con una discapacidad igual o superior al 33%, computaría el doble para esta prestación.
Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad
Esta es otra de las ayudas del SEPE que puede resultar de interés para las mujeres embarazadas en situación de desempleo. En este caso, el organismo habla de esta prestación económica, también de pago único, aunque de tanto alzado, como una ayuda que tiene como fin «compensar, en parte, el aumento de gastos que produce el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales o cuando la madre padezca una discapacidad igual o superior al 65 por ciento en el momento del parto». En este caso, son tres los requisitos que se deben cumplir para tener acceso a esta prestación.
Requisitos para la prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad
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Residir legalmente en territorio español.
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No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos.
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No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
Por otra parte, en lo que respecta a la cuantía, el mayor pago alcanza los 1.000 euros. Sin embargo, esto sería cuando no se superen los límites de ingresos establecidos. En caso de superarlos, pero son inferiores al importe que resulte de sumar a dicho límite el importe de la prestación, las beneficiarias disfrutarían de un montante igual a la diferencia entre los ingresos percibidos y el indicado importe conjunto.
Otras ayudas del SEPE
Asimismo, se pueden mencionar dos ayudas más comunes a las que también pueden tener acceso las mujeres embarazadas en situación de desempleo. Una de ellas es el Ingreso Mínimo Vital (IMV), conociéndose ya esta como una prestación que va dirigida a reducir el riesgo de pobreza y exclusión social «de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas», según indica la Seguridad Social en su página web. La cuantía de esta ayuda varía en función de cómo esté conformada la unidad de convivencia, aunque el importe oscilaría entre los 604,21 euros y los 1.329,27 euros mensuales.
Por otra parte, si la mujer embarazada no tiene derecho a paro, puede acceder a los subsidios por desempleo que oferta el SEPE. Si se opta por este tipo de ayudas, mientras dura el embarazo, podría solicitar el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares. En cambio, si ya ha dado a luz o si tiene más hijos podría pedir el subsidio familiar, que no tiene requisito de edad. En ambos casos la cuantía es de 480 euros al mes; para obtenerlos no se pueden tener ingresos, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del SMI, (es decir, más de 850,50 euros mensuales).