economía

La Seguridad Social ofrece una ayuda de más de 500 al mes para las amas de casa: sólo hay que cumplir este requisito

Se trata de una pensión no contributiva dirigida a personas mayores de 65 años

La Seguridad Social da una ayuda de 1.000 euros a todos los padres que cumplan este requisito

El SEPE ofrece una ayuda de más de 500 euros a las personas que cobren menos de 900: así se puede solicitar

Imagen de billetes de 50 euros h24

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Las amas de casa han desempeñado históricamente un papel fundamental en los hogares, asumiendo tareas esenciales sin recibir una remuneración directa ni cotizar a la Seguridad Social. Esta falta de cotización ha supuesto, en muchos casos, la imposibilidad de acceder a prestaciones contributivas en el futuro, dejando a este colectivo en una situación de vulnerabilidad económica.

Con el objetivo de paliar esta desigualdad y reconocer la labor de las amas de casa, la Seguridad Social ha implementado una pensión no contributiva que proporciona una ayuda económica mensual superior a los 500 euros. Esta medida busca garantizar un ingreso mínimo a quienes, por su dedicación al hogar, no han podido cotizar lo suficiente para acceder a una pensión contributiva.

¿En qué consiste la ayuda para amas de casa?

Se trata de una pensión no contributiva de jubilación destinada a personas que, por no haber cotizado lo suficiente a la Seguridad Social, no pueden acceder a una pensión contributiva. En su mayoría, las beneficiarias de esta ayuda suelen ser mujeres que han dedicado su vida al cuidado del hogar y la familia, sin realizar trabajos remunerados o cotizados fuera del ámbito doméstico.

La cuantía inicial de esta pensión es de 564 euros mensuales, que se pueden cobrar durante un plazo máximo de 30 meses. A partir del día 361 y hasta el final, la cantidad baja a 480 euros. Esta ayuda económica tiene carácter individual, por lo que cada persona puede solicitarla siempre que cumpla los requisitos exigidos, aunque conviva con otras personas que también reciban una pensión.

Además, esta pensión puede complementarse con ayudas adicionales en caso de que la persona beneficiaria tenga algún grado de discapacidad o necesite la asistencia de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria. El objetivo de esta medida es garantizar un nivel mínimo de ingresos a quienes no han cotizado y se encuentran en situación de necesidad.

Requisitos para acceder a la ayuda

Para ser beneficiaria de esta pensión no contributiva, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

-Edad: tener 65 años o más.

-Residencia: haber residido en España durante al menos 10 años entre los 16 años y la edad de devengo de la pensión, de los cuales dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

-Ingresos: disponer de rentas o ingresos personales anuales inferiores a 7.905,80 euros.

En caso de convivir con familiares, se establecen límites de ingresos conjuntos que no deben superarse para poder acceder a la pensión. Estos límites varían según el número de convivientes y el grado de parentesco.

¿Cómo solicitarla?

En el conjunto del país, la gestión de esta pensión no contributiva corresponde a los organismos designados por cada comunidad autónoma, con la excepción de Ceuta y Melilla, donde sí es tramitada directamente por el IMSERSO.

En el caso de Andalucía, las personas interesadas deben acudir a las delegaciones territoriales de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta para iniciar el proceso de solicitud.

Para solicitarla, es necesario aportar la siguiente documentación:

-Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE).

-Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en España.

-Documentación acreditativa de los ingresos o rentas percibidas.

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