La ayuda del SEPE de 500 euros que puedes cobrar si has trabajado menos de un año
El organismo contempla este otro tipo de asistencia económica para aquellos que no han cotizado lo suficiente como para cobrar el paro
El requisito que deben cumplir los mayores de 52 años para que el SEPE no les retire el subsidio
Esta es la ayuda de 480 euros del SEPE que pueden solicitar aquellos que hayan agotado el paro
Para aquellas personas que han cotizado durante más de un año y, pudiendo y queriendo trabajar, pierden su trabajo de forma temporal o definitiva, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contempla una prestación contributiva que protege a sus beneficiarios de esa situación de desempleo. Es lo que comúnmente se conoce como el paro; sin embargo, de no cumplirse los requisitos que se necesitan para tener acceso a esta ayuda, el organismo contempla otras para asistir económicamente a todos aquellos que lo necesiten, destacando una de ellas que está dirigida a quienes han cotizado menos de un año.
Hablamos del subsidio por desempleo, una ayuda a la que tienen derecho aquellas personas que han trabajado menos de un año. Tal y como indica el SEPE en un apartado específico de su web, la duración de esta ayuda dependerá del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares, mientras que la cuantía equivale a casi 500 euros (es decir, el 80% del IPREM, quedándose en 480 euros al mes).
Requisitos para la ayuda del SEPE si se ha trabajado menos de un año
Como es habitual con cada ayuda que ofrece el SEPE, se deben cumplir unos requisitos obligatorios para resultar beneficiario. En el caso de este subsidio por desempleo, el organismo menciona hasta cinco condiciones que los solicitantes deben reunir en el momento del hecho causante, así como cuando se solicite la propia ayuda, una prórroga, una reanudación o durante la percepción de la misma.
Requisitos para recibir el subsidio por desempleo del SEP
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Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
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Estar inscrito como demandante de empleo, manteniéndose como tal durante todo el período de percepción.
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Suscribir el acuerdo de actividad.
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Haber cotizado por desempleo al menos tres meses, si se tienen responsabilidades familiares, o al menos seis meses si no se tienen, y no llegar a 360 días (ya que esto daría lugar a la prestación contributiva).
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No percibir rentas mensuales de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Se tienen en cuenta las rentas íntegras o brutas.
Por otra parte, el SEPE menciona también un subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años; una ayuda que pueden recibir de manera indefinida aquellos que tengan esta edad, cotizando al mismo tiempo para la futura pensión de jubilación.
Duración del subsidio por desempleo
Como se adelantó anteriormente, la duración del subsidio por desempleo depende del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares. En este sentido, el SEPE menciona que si un solicitante no cuenta con este tipo de responsabilidades, el subsidio durará seis meses si ha cotizado ese tiempo o más. Por otra parte, si la persona desempleada sí tiene responsabilidades familiares, la duración del subsidio puede varias:
- Tres, cuatro o cinco meses, si ha cotizado tres, cuatro o cinco meses, respectivamente.
- 21 meses, si ha cotizado seis meses o más (en este caso, el derecho se reconocería por seis meses, pudiéndose prorrogar por períodos de seis en seis hasta su duración final).
Este subsidio se puede solicitar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo, en un plazo de quince días hábiles, a través de la Sede Electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (con cita previa), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.