Aviso del SEPE: las personas que reciban esta ayuda no podrán prorrogarla a partir del 1 de noviembre

Con la entrada en vigor del nuevo decreto, quienes actualmente la perciben deberán buscar a partir del mes que viene una prestación alernativa, si la hubiera

Se ha previsto un subsidio que lo sustituye, pero sólo para víctimas de violencia de género, lo que excluye a los varones

El SEPE quitará la prestación a todos los desempleados que no hagan este trámite en 2025

Así puedes solicitar esta ayuda del SEPE de más de 5.000 euros: estos son los requisitos

Una oficina del SEPE abc
H. Corpa

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha informado de que a partir del 1 de noviembre, la Renta Activa de Inserción (RAI) dejará de ser prorrogable. Esto afectará a los desempleados que actualmente reciben esta ayuda, ya que perderán la posibilidad de renovar las anualidades pendientes en los próximos meses.

La medida es parte de los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 2/2024, que reforma los subsidios por desempleo y que fue aprobado en Consejo de Ministros el pasado 21 de mayo. La normativa, pues, entrará en vigor en dos semanas.

¿Qué es la RAI?

La Renta Activa de Inserción es una prestación dirigida específicamente a parados de larga duración mayores de 45 años que tienen especiales dificultades para reincorporarse al mercado laboral. A diferencia de otros subsidios, como el destinado a mayores de 45 años, no es necesario solicitarla inmediatamente después de agotar la prestación contributiva por desempleo, sino que puede solicitarse siempre que el beneficiario haya cobrado en algún momento el paro durante su vida laboral. La ayuda consiste en un pago mensual de 480 euros durante un periodo de 11 meses, con la posibilidad de solicitar dos prórrogas adicionales si se cumplen los requisitos necesarios. En total, la RAI se podía percibir durante un máximo de 33 meses.

Con la entrada en vigor del nuevo decreto, las renovaciones de la RAI dejarán de estar disponibles a partir del 1 de noviembre. Esto significa que aquellos desempleados que, por ejemplo, estén cobrando actualmente esta ayuda y cuyo periodo finalice en enero de 2025, no podrán optar a una prórroga adicional, incluso si tienen derecho a ella. Desde el SEPE explican que, aunque un beneficiario tenga un «hecho causante» que le permitiría prorrogar la ayuda, como terminar un ciclo de 11 meses de cobro, la RAI desaparecerá antes de que pueda solicitar una renovación.

No será posible anticiparse a la entrada en vigor de la normativa solicitando la prórroga antes del 1 de noviembre, ya que para hacerlo se debe cumplir con el requisito de haber agotado los 11 meses del ciclo en curso. De este modo, la RAI desaparecerá de manera definitiva para quienes ya estaban beneficiándose de ella o esperaban hacerlo en un futuro cercano.

Alternativas y cambios en la protección social

Con la eliminación de la RAI, las opciones para quienes se beneficiaban de este subsidio cambian notablemente. Los desempleados afectados por esta medida deberán buscar otras formas de ayuda social, aunque ya no relacionadas directamente con el sistema de desempleo. La reforma, no obstante, no establece con precisión cómo se gestionarán los derechos de quienes hasta ahora se acogían a la RAI a través del SEPE. A partir de noviembre, se prevé que estos casos se canalicen a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), mediante mecanismos como el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Además, las situaciones que antes se cubrían bajo la RAI y que no están vinculadas directamente a la pérdida de un empleo previo serán redirigidas hacia otros tipos de protección social. Sin embargo, hay algunas excepciones. Por ejemplo, el subsidio para españoles emigrantes retornados que no tienen derecho a prestación contributiva seguirá en vigor. Este colectivo ha sido históricamente incluido en las medidas de protección por desempleo, aunque no se contempla explícitamente en el IMV.

Colectivos vulnerables

El nuevo decreto también incluye la creación de un subsidio específico para las mujeres desempleadas que son víctimas de violencia de género. Esta medida pretende mantener la protección para este colectivo –exclusivamente femenino–, que antes estaba cubierto bajo la RAI. No obstante, no se han propuesto alternativas para otros grupos afectados, como los desempleados varones de larga duración mayores de 45 años o aquellos con una discapacidad igual o superior al 33%, que hasta ahora podían acogerse a la RAI.

La derogación del Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, que regulaba la RAI para desempleados con necesidades económicas especiales y dificultades de inserción laboral, supone un cambio importante. No obstante, la nueva normativa garantiza que ciertos colectivos especialmente vulnerables, como las mujeres víctimas de violencia de género o sexual, no pierdan su protección, ajustándola a través de nuevos subsidios específicos.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación