GUÍA DE CONSUMIDORES AL-ANDALUS

Las opciones de los afectados por la quiebra de las clínicas dentales Dentix

12.13 h. Servicios no acabados, tratamientos financiados y no realizados... son algunas de las situaciones en las que se encuentran muchos usuarios de las clínicas dentales Dentix, que esta asemana anunció que está en quiebra. Desde la Federación de Consumidores Al-Andalus proponen diferentes opciones para actuar. 

Las opciones de los afectados por la quiebra de las clínicas dentales Dentix

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Esta semana es noticia la quiebra de Dentix, empresa que posee diferentes clínicas dentales en toda Andalucía. Se trata de un problema que está dejando a multitud de personas afectadas. A la espera que conocer más datos, sobre cuál será la situación final de esta entidad, desde Consumidores Al-Andalus recuerdan a las personas afectadas cuáles son sus derechos y cómo deben de proceder dependiendo de cada caso:

Si el tratamiento no está financiado y se hubiera procedido a abonar la totalidad o parte del tratamiento al contado. Efectuar una reclamación a través de las correspondientes Hojas de Quejas y Reclamaciones a Dentix o cualquier medio del que quede constancia (burofax, carta certificada con acuse de recibo, etc) para la finalización del tratamiento o la resolución del contrato con devolución de las cantidades abonadas de la parte del tratamiento no realizado o instándole a que prosiga el tratamiento que se hubiera abonado, así como solicitándole la historia clínica.

En el caso de que el tratamiento abonado ya no se vaya a prestar, podrá solicitar la anulación del contrato firmado en su momento y solicitar o reclamar el importe abonado de manera efectiva.

Para poder reclamar, es muy importante que conserve toda la documentación que haya recopilado en su relación contractual con la entidad. Dicha información se necesitará para la correcta gestión de la reclamación y/o denuncia que se pudiera presentar. Se trata, por ejemplo, de: Folletos y publicidad, presupuestos confeccionados por la entidad, contratos, acreditación de los pagos efectuados, así como las facturas, o recibos, historia clínica. Por último, en su caso, presupuesto realizado por otra persona colegiada dentista que justifique el estado en el que se encuentra la realización de los trabajos y en el que se establezcan las operaciones que fueran necesarias para restituir la salud dental de la persona reclamante.

Si tras presentar la reclamación ante Dentix no se recibiera respuesta en 10 días o bien la respuesta ofrecida no fuera satisfactoria, podrá dirigir su reclamación al oportuno Servicio de Consumo de su localidad de residencia (por ejemplo Oficina Municipal de Información a la Persona Consumidora o Servicio de Consumo municipal) o, en su defecto, al Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía en su provincia de residencia, o acudir a una asociación de personas consumidoras donde le prestarán asesoramiento al respecto.

Si el tratamiento está financiado. En este caso, en virtud del artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, sobre contratos de créditos al consumo, el contrato de financiación con la entidad prestamista podrá dejarse sin efecto sin penalización alguna si se dejara de prestar el tratamiento.

Para ello, será necesario dirigirse a la entidad prestamista con la cual se hubiera financiado el oportuno tratamiento, y presentar la oportuna reclamación (Hoja de quejas y reclamaciones, burofax, carta certificada, etc), a la que la empresa tendrá que dar respuesta en el plazo de 10 días hábiles. Con esta reclamación se le hace saber a la entidad prestamista que se ha dejado de prestar el servicio y, por lo tanto, que se tiene derecho a la resolución del préstamo y a la devolución total o parcial, según los supuestos, de las cantidades previamente abonadas, siendo conveniente y aconsejable acompañar copia de la reclamación realizada a Dentix, en la que figure la solicitud de historia clínica.

Si la entidad prestamista no ofreciera respuesta respecto al cese del cobro de la deuda, si sigue cobrando la deuda sin que el servicio se esté prestando, o bien su contestación no fuera satisfactoria para la persona afectada, se podría dirigir su reclamación o denuncia al oportuno Servicio de Consumo de su localidad de residencia (por ejemplo Oficina Municipal de Información a la Persona Consumidora o Servicio de Consumo municipal) o, en su defecto, al Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía en su provincia de residencia, que realizará la oportuna mediación y analizará si se ha cometido alguna infracción, en cuyo caso iniciaría el correspondiente procedimiento sancionador.

Asimismo, de manera alternativa, si transcurre 1 mes desde la fecha de la solicitud sin contestación o contestación insatisfactoria por parte de la entidad prestamista, se podrá presentar la reclamación ante los servicios de reclamaciones del Banco de España.

Acudir a la vía judicial. Se puede acudir directamente, sin necesidad de acudir de manera previa a la vía extrajudicial que se han expuesto en los apartados anteriores.

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