CARTA AL DIRECTOR

Multas a discapacitados amparándose en una ordenanza municipal obsoleta 

El consistorio onubense promueve sanciones a los discapacitados que realizan estacionamientos en zonas reservadas para carga y descarga. La nueva orden que la Junta de Andalucía publicó el 23 de septiembre de 2016 en materia de igualdad, establece como novedad el derecho de estacionamiento o parada de vehículos con movilidad reducida en este tipo de zonas reservadas siempre y cuando no se ocasione perjuicios a las personas que van a pie o al tráfico, según los términos establecidos por la administración local.

Multas a discapacitados amparándose en una ordenanza municipal obsoleta 

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Multas a discapacitados amparándose en una ordenanza municipal obsoleta 

La presente Orden se aprobó para adaptarse a las condiciones básicas estatales, ya que el BOE del 23 de diciembre de 2014 establece los mismos términos. De acuerdo con lo expuesto, mediante la presente actualización se derogó la Orden autonómica de 10 de marzo de 2010. 

Los ciudadanos con baremos de movilidad reducida, creyéndose amparados por la ordenanza autonómica y estatal, son sancionados gravemente con 200 euros de multa después de estacionar en estas zonas para su traslado o asistencia al domicilio. El consistorio socialista defiende el art. 21 de la ordenanza municipal reguladora de estacionamiento aprobado por el anterior equipo de gobierno de Pedro Rodríguez hace ya más de diez años y que sólo permite estacionar en estas zonas a vehículos dedicados al transporte de mercancías. 

Multas a discapacitados amparándose en una ordenanza municipal obsoleta 

Sorprendentemente, este supuesto es bien distinto dependiendo de los términos de cada administración local, aunque la mayoría de los ayuntamientos si lo autorizan desde la revisión autonómica. Sin embargo, la ordenanza del Ayuntamiento de Huelva, aprobado el 1 de diciembre de 2010, no puede contemplar ningún supuesto extraordinario que ampare socialmente a las personas discapacitadas, ya que su redacción y aprobación es anterior a la orden establecida por la administración de la Junta de Andalucía, sin hacer referencia de forma expresa al permiso o prohibición de parada o estacionamiento de vehículos de movilidad reducida en estas zonas.

Las sanciones impuestas han sido recurridas por los ciudadanos afectados tras el asesoramiento legal de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, pero el consistorio onubense las ha desestimado amparándose en su normativa municipal. Las familias afectadas están obligadas a abonar la multa de forma íntegra, ya que la vía contencioso administrativo conlleva gastos judiciales.

Según los datos estadísticos facilitados por la Consejería de Igualdad de la Junta de Andalucía a fecha de 31 de mayo del presente año 2020, el número de personas en la provincia que tienen concedido y en vigor la tarjeta de aparcamiento es de 5.413 onubenses. 

Guillermo Cabrera

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