ENTRE ELLAS, DAMAS, ROMERO, J.VÁZQUEZ O LEPE BUS

Expedientan a 17 empresas de autobuses de Huelva por repartirse el transporte escolar

12.00 h. El Departamento de Investigación de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA) ha acordado la iniciación de un expediente sancionador a 17 empresas de transporte de la provincia en relación al reparto de licitaciones públicas de transporte escolar.

Expedientan a 17 empresas de autobuses de Huelva por repartirse el transporte escolar

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El acuerdo de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía se adoptó el pasado día 25 de marzo de 2019, según ha informado este viernes la propia entidad en una nota, y las empresas a las que se abre expediente son Alcaide e Hijos, S.L.; Autocares Colombinos, S.L.; Autocares Griñolo, S.L. Unipersonal; Autocares J. Vázquez, S.L.; Autocares Moguer-Bus, S.L.; Autocares Nuestra Señora de la Coronada, S.L.; Autocares Perea, S.L.; Autocares Rodríguez Gómez, S.L.; Autocares Romero, S.A.; Damas, S.A.; E.V.B.; F.J.P.R.; Hermanos González Camacho de Lepe, S.L.; Horno Blanca Paloma, S.L.; Juan Manuel Casado García, S.L.; Lepe Bus, S.L., y Miguel Ángel Infante Santiago, S.L.

Según explica la Agencia, la incoación tiene como fundamento la existencia de indicios racionales de la realización de conductas que presuntamente serían contrarias al artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, que prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia, y, en particular, las que consistan en la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio y en el reparto del mercado.

Las presuntas conductas anticompetitivas consisten en acuerdos celebrados entre las empresas citadas para el reparto de licitaciones públicas de transporte escolar en la provincia promovidas por la Agencia Pública de Educación de la Consejería de Educación y Deporte.

La ADCA ha venido impulsando diversas medidas tendentes a garantizar procedimientos de contratación libres de comportamientos anticompetitivos; por una parte, para prevenir la colusión [pacto ilícito que provoca daño en un tercero] en las licitaciones públicas y, por otra, para detectarlas en el caso de que se produzcan.

En este sentido, la ADCA, según destaca, viene desarrollando de forma continuada una actividad de formación del personal que interviene en los procedimientos de contratación, informándoles de las técnicas y conductas colusorias más frecuentes.

De forma complementaria, la ADCA ha publicado una guía con la denominación de 'Recomendaciones para facilitar el acceso y promover la competencia en el ámbito de la contratación pública andaluza', con un contenido diverso, como indicaciones relativas a los pliegos de contratación –simplificar trámites administrativos y aliviar cargas burocráticas a los operadores económicos, promover criterios de selección que favorezcan la participación de los licitadores, etc.–, así como pautas para prevenir y detectar la colusión en las licitaciones públicas.

A estos efectos, la ADCA ha elaborado un test a aplicar en los procedimientos de contratación con el fin de detectar la existencia de acuerdos colusorios. La guía es de acceso público y está disponible para su consulta en la página web de la ADCA.

En este sentido, desde la Agencia subrayan la relevancia que la nueva Ley de Contratos del Sector Público ha concedido a estas cuestiones. Entre otras medidas, refuerza el control de las licitaciones públicas mediante la colaboración entre los órganos de contratación y las autoridades de la competencia, que puede originar la suspensión cautelar del procedimiento de contratación, mediante un procedimiento aún por desarrollar, y asimismo prevé entre las prohibiciones de contratar con el sector público el caso de haber sido sancionada una empresa con carácter firme por infracción grave de falseamiento de la competencia.

Por otra parte, el procedimiento sancionador incoado se rige por lo establecido en la mencionada Ley de Defensa de la Competencia, que fija en 18 meses la duración máxima del mismo.

El Departamento de Investigación, en la actual fase de instrucción, podrá llevar a la práctica cuantas acciones considere oportunas para el esclarecimiento de los hechos y la eventual determinación de responsabilidades.

Terminada la fase de instrucción, el procedimiento finaliza con la resolución del Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía, que, en caso de considerar acreditada la existencia de prácticas prohibidas, determinaría las sanciones de los presuntos infractores. En caso contrario, se archivarían las actuaciones.

Por último, desde la Agencia de Defensa de la Competencia aclaran que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación.

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